Sistema Arbitral de Consumo
Es una vía extrajudicial, rápida, eficaz y económica que permite resolver fácilmente los desacuerdos que puedan surgir entre los dos protagonistas del consumo: el comprador o usuario y el vendedor o prestador de servicios.
El Sistema Arbitral de Consumo ofrece :
- Rapidez, porque se resuelve en un máximo de seis meses desde la resolución de inicio del correspondiente procedimiento arbitral.
- Gratuidad, que alcanza hasta el coste de las pruebas cuando son propuestas por el órgano arbitral.
- Imparcialidad, porque garantiza amparar sólo a quien acredite tener la razón.
- Sencillez, con trámites mínimos y fáciles.
- Voluntariedad, porque ambas partes se adhieren libremente al Sistema.
- Eficacia y Ejecutividad, porque se resuelve mediante un Laudo de obligado cumplimiento sin necesidad de acudir a la vía judicial ordinaria.
Para iniciar el procedimiento :
Basta con rellenar una sencilla Solicitud de Arbitraje y presentarla ante la Junta Arbitral correspondiente, bien directamente o bien a través de una OMIC o Asociación de Consumidores.
Legislación :
Más información :
Enlace al apartado de Arbitraje de Consumo del Instituto Nacional del Consumo.
http://www.consumo-inc.es/Arbitraje
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